lunes, 14 de abril de 2014

DERECHOS HUMANOS


  Los Derechos Humanos son el conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral del individuo que vive en una sociedad jurídicamente organizada. Estos derechos, establecidos en la Constitución y en las leyes, deben ser reconocidos y garantizados por el Estado.




La CEDHJ vigila que los servidores públicos, autoridades y sus delegados estatales y municipales, así como las empresas de participación mayoritaria estatal o municipal, respeten los derechos humanos de todos los habitantes de Jalisco, sin importar raza, sexo, edad, condición social, situación jurídica, preferencia sexual, nacionalidad, estado civil o creencias religiosas. Cuando es necesario, procura que se adopten todas las medidas precautorias que eviten la violación de los derechos fundamentales.

Divulga los derechos humanos a través de la Gaceta 6 de Diciembre, trípticos, campañas informativas y la producción de materiales para distribución masiva

Pero mucha de las ocasiones las organizaciones no toman en cuenta las recomendaciones que la CEDHJ hace llegarle a las mismas que han incurrido en una falta a los Derechos de los Individuos.

¿De que manera se pueden mejorar la utilidad del trabajo de la CEDHJ?



 ¿Qué sabemos?

Funciones:

a CEDHJ vigila que los servidores públicos, autoridades y sus delegados estatales y municipales, así como las empresas de participación mayoritaria estatal o municipal, respeten los derechos humanos de todos los habitantes de Jalisco, sin importar raza, sexo, edad, condición social, situación jurídica, preferencia sexual, nacionalidad, estado civil o creencias religiosas. Cuando es necesario, procura que se adopten todas las medidas precautorias que eviten la violación de los derechos fundamentales.

Defiende a cualquier persona a quien se le estén violando sus derechos humanos o cuando la violación ya ocurrió.

Promueve una cultura de respeto a los derechos humanos en todos los habitantes de Jalisco, mediante cursos de capacitación, conferencias, foros, jornadas conmemorativas y talleres. Estas actividades se organizan de acuerdo con las características y necesidades de los grupos a los que se dirige: niños en edad escolar, jóvenes universitarios, maestros, organismos no gubernamentales, miembros de los cuerpos policíacos e integrantes del Ejército mexicano, entre otros.

Divulga los derechos humanos a través de la Gaceta 6 de Diciembre, trípticos, campañas informativas y la producción de materiales para distribución masiva.

Principios:

Los procedimientos de la institución deben ser breves, sencillos y gratuitos. Los servidores públicos de la CEDHJ que atiendan una queja deberán, en la medida de lo posible, estar en contacto directo con quejosos y autoridades, para que los trámites sean lo más expeditos que se pueda, además de dar un trato confidencial a la información.
Una regla fundamental es el de la suplencia de la queja, que consiste en que el ombudsman invoque, sin que se lo solicite el agraviado, las garantías constitucionales, los principios de derechos humanos y el derecho internacional convencional que tutele de la mejor manera los derechos violados de las personas y permita restituirlos o compensarlos

Procedimiento para interponer una queja:

No se requiere abogado o gestor ni realizar ningún pago; el servicio es gratuito.
Puede ser presentada acudiendo físicamente a las oficinas de la CEDHJ, por escrito, por teléfono, fax, telégrafo, correo electrónico o la Internet.
Debe contener una descripción breve, clara y detallada del motivo de la queja, que contenga el nombre y cargo de la autoridad o servidor público señalado como responsable de la trasgresión de los derechos humanos, o en caso de que estos datos se desconozcan, los informes mínimos para lograr su identificación.
En caso de ser presentada por escrito, debe estar firmada y con los datos personales completos (nombre, domicilio, teléfono, edad, sexo, nacionalidad, ocupación).
Si se tienen pruebas o documentos para comprobar su dicho en el momento de presentar la queja, deberán agregarse al escrito o darlos a conocer en la comparecencia.
Es requisito mostrar una identificación, ya que no se admiten quejas anónimas. Se deben proporcionar los datos personales de quien interpone la queja y del afectado, si son personas distintas (nombre, domicilio, teléfono, edad, sexo, ocupación, nacionalidad, etcétera). Los datos personales que se proporcionan y el contenido de la queja son considerados información confidencial.
Los encargados de los centros de detención o reclusorios tienen obligación de hacer llegar a la CEDHJ las quejas que interpongan las personas privadas de su libertad, o podrán hacerlo directamente con los visitadores que acudan.
La interposición de una queja no interrumpe u obstaculiza el ejercicio de otros derechos o medios de defensa que tenga el afectado.
Cuando la queja no sea presentada por el directamente afectado, quien lo haga deberá proporcionar su nombre y los datos de que dispone. El afectado deberá acudir a ratificar la queja dentro de los cinco días siguientes a su presentación.

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